A- de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Leyla Consuelo Morales Morales
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la corrección del numeral segundo de la parte resolutiva de la Sentencia T-1061/04 el cual quedó así: “Segundo.- Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá notificará esta sentencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación a la que se refiere el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991”.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CORREGIR el numeral
- segundo. de la parte resolutiva de la sentencia T-1061 de 2004, el cual quedará así: "
- Segundo. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá notificará esta sentencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación a la que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991."
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de esta Corporación que (1) advierta al Juzgado Promiscuo del Circuito de Soatá sobre la corrección realizada, y (2) comunique al Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá el contenido de la sentencia de la referencia para que proceda a la notificación de la misma.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.