Micelio
Auto3 de diciembre de 2004

A- de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Leyla Consuelo Morales Morales

Tema · dato duro
Correccion Sentencia T-1061/04. Corregir El Numeral Segundo De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-1061/04, El Cual Quedará: “segundo.- Para Garantizar La Efectividad De La Accion De Tutela, El Juzgado Promiscuo Municipal De Soata Notificara Esta Sentencia Dentro De Los Cinco (5) Dias Siguientes A La Recepción De La Comunicación A La Que Se Refiere El Articulo 36 Del Decretro 2591 De 1991”.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se realizó la corrección del numeral segundo de la parte resolutiva de la Sentencia T-1061/04 el cual quedó así: “Segundo.- Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá notificará esta sentencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación a la que se refiere el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991”.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CORREGIR el numeral
  2. segundo. de la parte resolutiva de la sentencia T-1061 de 2004, el cual quedará así: "
  3. Segundo. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá notificará esta sentencia dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la comunicación a la que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991."
  4. Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de esta Corporación que (1) advierta al Juzgado Promiscuo del Circuito de Soatá sobre la corrección realizada, y (2) comunique al Juzgado Promiscuo Municipal de Soatá el contenido de la sentencia de la referencia para que proceda a la notificación de la misma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela